“PROGRAMA DE RECUPERACIÓN ECOTURÍSTICO-CULTURAL SUSTENTABLE DEL DELTA DEL RÍO PARANÁ”

En la Ciudad de San Pedro (Provincia de BUENOS AIRES) se reúnen, los representantes : de el MINISTERIO DE TURISMO DE LA NACIÓN, con domicilio en la calle Suipacha 1111, piso 20 de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES; la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, organismo descentralizado actuante en la órbita del citado Ministerio, con domicilio en Avenida Santa Fe 690 de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES; la COMISIÓN NACIONAL DE MUSEOS Y DE MONUMENTOS Y LUGARES HISTÓRICOS dependiente de la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con domicilio en Avenida Alvear 1690 de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES; la SECRETARÍA DE TURISMO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, con domicilio en Avenida 53 numero 510, entre 5 y 6 de La Plata, Provincia de BUENOS AIRES; el ORGANISMO PROVINCIAL PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, con domicilio en calle 12 y avenida 53, Torre II, piso 14 de La Plata, Provincia de BUENOS AIRES; la SECRETARÍA DE TURISMO DE LA PROVINCIA DE ENTRE RÍOS, con domicilio en calle Laprida 5 de Paraná, Provincia de ENTRE RÍOS y el CONSEJO INTERMUNICIPAL DEL DELTA (CONINDELTA), con domicilio en calle San Martín 905 de la Ciudad de Baradero, Provincia de BUENOS AIRES; y DIRECCION PROVINCIAL DE ISLAS- Francisco RAMIRES SERRANO, y otros entidades invitadas que en su conjunto denominados “LAS PARTES”, y
CONSIDERANDO:
Que; el MINISTERIO DE TURISMO DE LA NACIÓN, conducido por el señor D. Carlos Enrique MEYER, propuso, el 9-12-11 poner en marcha un “PROGRAMA DE RECUPERACIÓN ECOTURÍSTICO-CULTURAL SUSTENTABLE DEL DELTA DEL RÍO PARANÁ” que comprenda el espacio geográfico que va desde San Nicolás de los Arroyos hasta Tigre, en la Provincia de BUENOS AIRES, y el equivalente en la Provincia de ENTRE RÍOS.
Que; se debe tener presente que el Gobierno Nacional concibe al Turismo como uno de los caminos centrales en la construcción de un nuevo modelo de país, atendiendo en este recorrido los principios de la educación, la sustentabilidad y la competitividad que establece el marco nacional e internacional actual.
Que; desde 2004, el MINISTERIO DE TURISMO DE LA NACIÓN se ha abocado a la tarea de concertar y diseñar una política de estado tendiente a encauzar y articular factores dispersos y disociados para avanzar en las condiciones de calidad y eficiencia que requiere un contexto internacional altamente competitivo, dentro un escenario interno limitado por grandes asimetrías regionales.
Que; como resultado de dicha labor, surgió el PLAN FEDERAL ESTRATÉGICO DE TURISMO SUSTENTABLE (PFETS), cuyas premisas son la consolidación institucional, la sustentabilidad, el desarrollo equilibrado del espacio turístico nacional y un sistema de incentivos y estímulos para el desarrollo turístico comarcal y regional.
Que; el Delta Medio e Inferior del Río Paraná constituye un espacio geográfico de singular atractivo eco-turístico que requiere, para su aprovechamiento responsable, de la acción coordinada e interdisciplinaria de actores de las jurisdicciones nacional, provincial y municipal.
Que; en particular, Vuelta de Obligado (Partido de San Pedro) y su espacio colindante entrerriano, representan un Sitio Histórico, estratégico, en el que tuvo lugar la Batalla, cuya relevancia debe ser recordada -en extensión didáctica- en Aula Abierta a las generaciones venideras, por cuanto fue ganada la Guerra del Paraná, allí iniciada a partir del sacrificio de importante número de héroes, en esa batalla perdida de Obligado..
Que; la región señalada es una de las más ricas del país en lo que a diversidad biológica respecta, en la que se encuentran localizadas áreas protegidas de jurisdicción nacional, provincial, municipal y privada que, en sí mismas, constituyen un atractivo turístico.
Que corresponde, asimismo, rescatar y destacar los valores culturales de la región, tal como lo es la cultura isleña, con sus singularidades e historias, de gran importancia en la formación de nuestro país.
Que en la Provincia de BUENOS AIRES, el espacio geográfico referido abarca los partidos de San Nicolás de los Arroyos, Ramallo, San Pedro, Baradero, Zárate, Campana, Escobar, Tigre y San Fernando.
Que cabe mencionar que por Ley Nº 10.003 de la citada Provincia los partidos mencionados integran el CONSEJO INTERMUNICIPAL DEL DELTA (CONINDELTA).
Que en la Provincia de ENTRE RÍOS, la región se encuentra comprendida por los departamentos de Gualeguay e Islas del Ibicuy.
Por ello, LAS PARTES se comprometen a estudiar el contenido de este “Documento Base” con sus siguientes cláusulas:

PRIMERA: LAS PARTES están interesadas en identificar y desarrollar en forma conjunta los mecanismos que permitan el diseño de actividades de asistencia técnica, colaboración y complementación, tendientes a formular el “PROGRAMA DE RECUPERACIÓN ECOTURÍSTICO-CULTURAL SUSTENTABLE DEL DELTA DEL RÍO PARANÁ”, contemplando los particulares aspectos naturales, culturales e históricos de la región.
SEGUNDA: Con miras a ello, LAS PARTES estudiaran la posible constitución de una “UNIDAD DE COORDINACIÓN” Y EQUIPOS DE TRABAJO que permitan la concreción del “PROGRAMA DE RECUPERACIÓN ECOTURÍSTICO-CULTURAL SUSTENTABLE DEL DELTA DEL RÍO PARANÁ”.


ACTA DE INTENCION

“PROGRAMA DE RECUPERACIÓN ECOTURÍSTICO-CULTURAL SUSTENTABLE DEL DELTA DEL RÍO PARANÁ”

Concretando la primera acción de la iniciativa que el Señor Ministro de Turismo Carlos Enrique Meyer, propusiera en esta Ciudad de San Pedro, el 9-12-2010, hoy nos reunimos las Instituciones y representantes que firman al pie del acta, para evaluar el Programa de Recuperación “Ecoturístico-Cultural Sustentable”, que como borrador de trabajo queda en manos de los presentes, para volver a concretar similar encuentro en los próximos 90 días, en la Provincia de Entre Ríos, y con las autorizaciones que correspondan